Visto el escrito presentado por la ciudadana Maigualida Morgado Rueda, Defensora Público Penal Nº 04, en su carácter de defensora del imputado MIGUEL ANGEL TALAVERA, titular de la cédula de Identidad Nº 8.765.866 mediante el cual solicita le sea extendido el lapso de presentaciones a su defendido, para decidir este Tribunal observa:
Este Tribunal de Control Nº 05, en fecha 02 de marzo del año 2005 decretó medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano Miguel Ángel Talavera, consistente en presentaciones periódicas por ante este despacho cada treinta días, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° de la norma penal adjetiva.
La defensora pública penal solicita la extensión de las presentaciones, manifestando que su defendido ha cumplido con las presentaciones acordadas por el tribunal, para lo cual se ofició a la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, solicitándole la información pertinente acerca del cumplimiento del régimen de presentación del imputado.
Ahora bien, de una revisión de las actuaciones que acompañan la presente solicitud, se observa que efectivamente el imputado de autos ha cumplido cabalmente hasta la presente fecha, con las presentaciones impuestas, demostrando así la voluntad de someterse al proceso; considerando este juzgado que lo procedente y ajustado es realizar una revisión de la medida cautelar impuesta extendiendo el lapso de presentaciones cada sesenta (60) días, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesas Penal. Publíquese Notifíquese. Cúmplase.
La Juez,
Abg. Sara Haides Betancourt
El Secretario,
Abg. Maggira Mecia
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