REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 1 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2001-000159
Visto el presente asunto seguido en contra del penado LEONARDO JOSE MARTINEZ PALOMO, titular de la cédula de identidad No. 15.789.873, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en relación con los artículos 80 y 82 eiusdem, procedente del Tribunal de Juicio No. 01 de esta Extensión Penal, a los fines de la Ejecución de la Sentencia de cinco (05) años de presidio impuesta. Este Tribunal observa que cursa causa No. JL21-P-2001-000159, en contra del mismo penado por ante este Tribunal donde fuera condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS, UN (01) MES Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES INTENCIONALES CALIFICADAS Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 418 en relación con los artículos 420 y 278 todos del Código penal. Por lo que este tribunal a los fines de proceder a la ejecución de la pena impuesta ORDENA la acumulación del presente asunto No. JL21-P-2001-000159, siendo identificado con este ultimo número, ordenándose igualmente la corrección de la foliatura irregular y en su lugar estampar la que correlativamente le corresponda una vez acumulado se procederá a la elaboración de un nuevo computo por parte del Tribunal, todo de conformidad con el artículo 479 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal y partes infine del artículo 482 eiusdem. Notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ DE EJECUCION No. 01
ABOG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. HIYAN MARIA ABOU
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,