REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Segundo de Control
Sección Penal de. Adolescentes del Estado Guárico
San Juan de los Morros, 22 de Febrero de 2006
195º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL : JP01-S-2003-002506
ASUNTO : JP01-S-2003-002506
JUEZ : ABOG. MARITZA G. DE TORREALBA.
ADOLESCENTE : IDENTIDAD OMITIDA.
VICTIMA : RAFAEL COROMOTO RODRÍGUEZ.
DECISIÓN : SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Vista La solicitud de Sobreseimiento de la Causa Formulada Por el Fiscal XIII del Ministerio Publico en la cual Manifiesta que el Adolescente, Rondiely Júnior Alves Figueroa, falleció, resultando por lo tanto la falta de una condición necesaria para imponer alguna sanción en la presente causa, como lo es la ausencia física de los imputados, este Tribunal para decidir deja sentado los hechos.

DE LOS HECHOS.

La Presente causa se inicio por Trascripción de novedades levantada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistícas, Sub. Delegación Valle de la pascua, Estado Guarico, en la cual se deja constancia que compareció la ciudadana Gloria Josefina Rodríguez de Noguera y manifestó que su hermano de nombre Rafael Coromoto Rodríguez, se encuentra sin signos vitales en el Hospital local a consecuencia de unas lesiones causadas con un objeto contundente (piedra). ( f 01) Acta de entrevista rendida por la ciudadana Rodríguez de Noguera Gloria Josefina “ Bueno yo estaba acostada y me fueron a avisar a mi casa que en la esquina estaban golpeando a mi hermano Rafael Coromoto Rodríguez conocido en la calle como “MATA LA GATA” y borrachito de la calle, allí me pare llame a mis otros hermanos y fuimos a donde estaba tirado mi hermano en la calle en la esquina, bueno lo íbamos a pararlo pero no lo movimos ya que se vio tan mal botando espuma por la boca y sangre quejándose. (f 04 Vto.) Acta policial (f 05). Acta policial (f 06 vto). Inspección ocular practicada en el sitio del suceso (f 07 vto). Inspección ocular Nº 1.071, practicada al cadáver (f 08) Remisión de Evidencias (f 13 y 14) Acta de investigaciones penales (f 15) Partida de Nacimiento correspondiente al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de la cual se desprende su minoría de edad. ( f 16). Entrevista rendida por el ciudadano Suárez Machuca Cristian José. (f 17 vto). Acta de investigaciones penales. (f 18). Acta de entrevista rendida por la ciudadana Ochoa de Rojas Petra Antonia, en la cual manifestó” Ese día cuando mataron a MATA LA GATA estaba cantando en la misma cera de mi casa, después paso ese muchacho que lo llama el MENOR, y entonces lo llamó y le dijo MATA ven acá entonces el señor MATA LA GATA se fue con ese muchacho EL MENOR, allí recogí mi silla y me metí para dentro de mi casa, allí el MENOR llevaba agarrado por un brazo a MATA LA GATA, después al poco instante salí de nuevo a la parte de afuera y ya el muchacho EL MENOR tenia a MATA LA GATA en el suelo frente a la Panadería Mis Muchachos y lo empujo cayendo mata la gata al suelo, allí llegó agarro una piedra grande y se la metió por la cabeza en dos oportunidades y me puse nerviosa y fui a decirle a los familiares de Mata la Gata…(f 19vto) Acta de entrevista rendida por el ciudadano Rodríguez José Gregorio (f 20vto) Entrevista rendida por el ciudadano Moreno Fernández Luis Enrique. (f 24 vto) Acta de defunción emanada del Registro Civil del Municipio Leonardo Infante, Valle de la Pascua Estado Guarico, Correspondiente a quien en vida respondiera al Nombre de Rafael Coromoto Rodríguez. (f 27) Acta de enterramiento (f 28). Acta de Investigaciones penales. ( f 29) Autopsia practicada al cadáver de Rafael Coromoto Rodríguez (f 30 y 31). Experticia Nº 9700-235-146. (f 33 vto) Practica Hematológica Nº 9700-077. (f 52 y 54). Acta de Investigaciones penales (f 73 vto) Acta de defunción correspondiente a quien en vida respondiera al nombre Rondinelis Júnior Alves Figueroa.(f 76). Solicitud de Sobreseimiento de la causa formulada por el Fiscal XIII del Ministerio Publico. (f 79 al 84) Por lo que este Tribunal para Decidir estima:

DEL DERECHO.
Establece el Literal "d" del Articulo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente “...Falta de una condición necesaria para imponer la sanción”, e igualmente el Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, establece “Causas de Extinción de la Acción Penal….Ordinal Primero. La muerte del Imputado”. Igualmente establece el Código Penal en el Titulo X DE LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y DE LA PENA, Articulo 103. La muerte del procesado extingue la acción penal.
El Representante del Ministerio Publico Solicita El Sobreseimiento Definitivo de la causa de conformidad con lo Establecido en el Ordinal 1° del Articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: Son causas de extinción de la acción penal… 1. La muerte del imputado. Por todo lo antes expuesto y vista por este Juzgador el Actas de Defunción anexa al folios 76. Declara extinta La acción penal y como consecuencia de ello Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la presente Causa por lo que se Ordena remitir la presente causa al archivo en su oportunidad legal como pieza concluida, siendo esta la decisión a imponer en la parte Dispositiva de la Presente Resolución.

DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas anteriormente, éste Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Declara Con Lugar la solicitud de la Representación Fiscal con respecto al Sobreseimiento Definitivo de la Causa, por uno de los delitos Contra las Personas, Homicidio, previsto en el articulo 407 del Código Penal, a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA todo de conformidad con lo previsto en el literal "d" del Artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 103 del Código Penal, y el Ordinal 1° del Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Ordena remitir la presente causa al archivo de esta sección penal como pieza concluida en su oportunidad legal, Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes, Déjese copia certificada de la presente Decisión.
La Juez,

Abg. Maritza García de Torrealba

La Secretaria.

Maria Teresa Romero.