REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
196° y 147°

ASUNTO N° CTCJ-123-05

En el día de hoy, 11 de Julio del año 2006, a las 09:30 horas de la mañana, se apertura la audiencia oral de juicio, presidida por el ciudadano Juez JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS, con la asistencia de la Secretaria abogada BEATRIZ M. CARRILLO, el Alguacil ARCADIO CAMACHO y Técnico Audiovisu8al YBRAHIN SOSA. Constituido el Tribunal Cuarto de Primera instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los fines de celebrarse la Audiencia Oral de Juicio, prevista en el artículo 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por Cobro de Prestaciones Sociales, que sigue la ciudadana ANA EULOGIA CARREÑO contra el ciudadano ANTONIO GOMEZ. Se dio apertura al acto, se dejó constancia de la comparecencia del Abog. ANGELO MODESTINO FEOLA PARENTE, apoderado judicial de la parte demandada, igualmente se deja Constanza de la incomparecencia de la parte demandante, ni por sí, ni por representante judicial alguno. En este estado el ciudadano Juez, declara: Vista la incomparecencia de la parte demandante, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Primer Aparte del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:

PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN en el Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por la ciudadana ANA EULOGIA CARREÑO, titular de la cédula de identidad N° 8.166.705, contra el ciudadano ANTONIO GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.641.391.

SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ANA EULOGIA CARREÑO, titular de la cédula de identidad N° 8.166.705, contra el ciudadano ANTONIO GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.641.391.

TERCERO: No hay condenatoria en costa por la naturaleza de la decisión.
Se da por concluida la Audiencia Oral de Juicio, siendo las 9:50am con la firma de la presente Acta. Publíquese y regístrese la presente decisión. Es todo termino se leyó y conformes firman.

EL JUEZ
OSÉ FELIPE MONTES NAVAS

ABOG. ANGELO MODESTINO FEOLA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

ARCADIO CAMACHO
Alguacil

YBRAHIN SOSA
Téc. del Dpart. Audiovisual

Abog. BEATRIZ CARRILLO
LA SECRETARIA

ASUNTO: CTCJ-123-05
“1806-2006 Bicentenario de la Expedición Revolucionaria del Generalísimo Francisco de Miranda”