REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS EN FUNCIÓN DE CONTROL
CAUSA N° 6703-06.
Caracas, 25 de Julio de 2006
196° Y 147°
Corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, conocer de la presente causa signada bajo el N° 6703-06, en razón del escrito interpuesto por la Representación Fiscal del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la Causa a tenor del artículo 318. Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal; en tal sentido, conforme el artículo 324 ejusdem, se procede de la siguiente manera:
Nombre y apellido del imputado
JEAN PIERO CORTEZ CUADRO, Por cuanto no consta en autos la referida dirección procesal del imputado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 181 en su ultimo aparte del Copp acuerda fijar la presente boleta de notificación a las puertas de este despacho judicial.
ANTHONY JONATHAN MARTÍNEZ LONGA, Por cuanto no consta en autos la referida dirección procesal del imputado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 181 en su ultimo aparte del Copp acuerda fijar la presente boleta de notificación a las puertas de este despacho judicial.
Punto previo: Esta Juzgadora no lleva a cabo la realización o celebración de una audiencia oral entre las partes para debatir los fundamentos de la petición, apegado al artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por estimar que para comprobar el motivo, no es necesario el debate.
Descripción del hecho objeto de la investigación
La presente causa se inicia en fecha 18-08-2003, en virtud de la Trascripción de Novedad diarias llevadas a cabo por el secretario de la Sub Delegación de Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia de lo siguiente: “…, que en la vereda 05, vía publica del barrio Pinto, se encuentra el cuerpo sin signos vitales de una persona presentando heridas producidas por arma de fuego…”
Cursa al folio cinco (05) del presente expediente, acta de entrevista tomada a la ciudadana DESIDERIA MIJARES DE ORTEGA, por ante la Sub Delegación Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde la misma expuso lo siguiente: “Resulta que el día dieciocho de mayo del presente año…, momento cuando me encontraba descansando en mi residencia, mi hija de nombre Sonia Ortega, llego desesperada informándome que a mi hijo de nombre emerson Efrén, unos sujetos llamados Chirinos y Jean Piero, le habían efectuado unos disparos y que se encontraba tirado en el pavimento al frente de la escuela Ana Emilia León, ubicada en el Barrio Pinto Salinas…, una vez en el sitio, me percato que efectivamente se trataba de mi nacido emerson, quien no presentaba signos vitales”
Cursa al folio Ocho (08) del presente expediente, acata policial, suscrita por el detective RAMÓN SALGADO, adscrito a la Sub Delegación Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde dejo constancias de lo siguiente: “… Se tiene conocimiento mediante llamada radiofónica…, que en la morgue de bello monte , ingreso el cuerpo inerte de una persona, sin signos vitales, a causas de heridas `producidas por arma de fuego…, me traslade en compañía de la agente Olivares Francis…, una vez en la morgue de Bello Monte ,, específicamente en el deposito de cadáveres, inspeccionamos sobre una parihuela metálica… el cuerpo sin signos vitales, de una persona de sexo masculino, desprovisto de vestimenta alguna, la cual presento características físicas: de tez negra, contextura delgada, de cabello color negro corto, de 21 años de edad, aproximadamente de 1,70 de estatura…, se le pudo apreciar una herida con orificio de entrada en la región Occipital Izquierda, con salida en la región frontal, presuntamente producidas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego. El occiso quedo identificado…, como CORTEZ CUADROS JEAN PIERO…”
Cursa al folio Diez (10) del presente expediente, acta de entrevista de la ciudadana CUADRO RICO TEZZE LUZ, por ante la sub. delegación Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde manifestó: “Resulta qué el día de ayer 18-05-03, a eso de las 08:00 horas de la mañana…, recibí una llamada telefónica a la casa de mi vecina , de un apersona quien no se identifico manifestando que ha mi hijo de nombre CORTEZ CUADRO JEAN PIERO, le habían dado un tiro en la cabeza…, se encontraba en el hospital Clínico Universitario, luego me traslade hacia el hospital, y cuando llegue los médicos me dijeron que había fallecido…”
Cursa al folio Doce (12) del presente expediente, acta de entrevista tomada a la ciudadana ORTEGA MIJARES SONIA MARGARITA, por ante la sub. Delegación Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde manifestó: “Resulta qué el día domingo 18-05-03, a las 07:30 horas de la mañana…, venia de una fiesta en compañía de mi hermano de nombre EMERSON ORTEGA, y cuando estamos llegando a la casa, llegaron dos sujetos, de nombres CHIRINOS Y JEAN PIER, cada uno con una pistola, encañonaron a mi hermano y se lo llevaron hacia un lado, luego le dispararon tres veces y se fueron corriendo…”
Cursa al folio Trece (13) del presente expediente, resultado de Experticia de Reconocimiento Técnico, suscrita por los funcionarios ISLEY CAROLINA MORALES Y YENSY VALENTINO LEIBA, adscritos al departamento de balística del cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia: “ La concha queda depositada en este Departamento para futuras comparaciones”
Cursa al folio Veinticinco (25) del presente expediente, acta de defunción de quien en vida respondiera al nombre de JEAN PIERO CORTEZ CUADRO, suscrita por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo
Cursa al folio Veintiséis (26) del presente expediente, acta de defunción de quien en vida respondiera al nombre de EMERSON ORTEGA MIJARES, suscrita por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo.
Cursa al folio Veintiocho (28) del presente expediente, acta de enterramiento de quien en vida respondiera al nombre de EMERSON EFRÉN ORTEGA MIJARES, suscrita por el asesor legal de Jarchina caracas C.A, cementerio general del sur.
Cursa al folio Treinta (30) del presente expediente, acta de entrevista del ciudadano LONGA BEROTERAN CARMEN EDITA, por ante la Sub Delegación Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde manifestó: “ Resulta que el día cuatro de junio en curso, a eso de las siete horas de la noche, momentos cuando llegaba a mi residencia, sostuve entrevista con mi sobrina angelizar, quien me hizo entrega de una boleta de citación, con la finalidad de que me presentara en este despacho…”
Cursa al folio Treinta y Uno (31) del presente expediente, resultado de experticia hematológica, suscrita por el funcionario ARELYS K. HERNÁNDEZ C, adscrita a la división de laboratorio biológico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia: “ La pequeñas costras de aspecto pardo rojizo presentes en la superficie de las piezas recibidas, son de naturaleza hematica no siendo posible determinar su grupo especifico debido a lo exiguo del material existente”
Cursa al folio Treinta y Tres (33) del presente expediente, resultado de experticia de levantamiento del cadáver de quien en vida respondiera el nombre de EMERSON JOSE ORTEGA MIJARES, suscrita por el medico forense Dra. CARMEN ARMAS, adscrita a la división de anatomía patológica forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia: “… la muerte fue debida a: HEMORRAGIA SUBDURAL. HERIDA POR ARMA DE FUEGO A LA CABEZA”
Cursa al folio Treinta y cuatro (34) del presente expediente, resultado de protocolo de autopsia practicado en la persona de hoy occiso ORTEGA MIJARES EMERSON,, por el medico anatomopatologo forense Dr. FRANKLIN PÉREZ, adscrito a la División de Anatomía Patológica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia: CAUSA DE MUERTE: HEMORRAGIA SUBDURAL. HERIDA POR ARMA DE FUEGO A LA CABEZA”
Cursa al folio Treinta y Siete (37) del presente expediente, resultado de experticia de levantamiento del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de JEAN PIERO CORTEZ CUADRO, suscritas por el medico forense Dra. ANA LUCIA BARRETO, adscrita a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia: “…, la muerte fue debida a: HEMORRAGIA SUBDURAL. DEBIDO A HERIDA POR PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO A LA CABEZA”
Cursa al folio Treinta y Ocho (38) del presente expediente, resultado de protocolo de autopsia practicado en la persona del hoy occiso JEAN PIERO CORTEZ CUADRO, , por el medico Annatomopatologo Forense Dr. FRANKLIN PÉREZ, adscrito a la división de Anatomía Patológica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia: “…, CAUSA DE MUERTE: HEMORRAGIA SUBDURAL. HERIDA POR ARMA DE FUEGO DE PROYECTIL ÚNICO A LA CABEZA”
Cursa al folio Cuarenta y Uno (41) del presente expediente, resultado de experticia de Reconocimiento Técnico y comparación Balística, suscrita por los expertos en balística JULIO CONTRERAS y OSCAR MONROY, adscritos a la división de balísticas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia: “Los proyectiles, calibre 32 auto (7,65 milímetros), descritos en el presente, fueron disparados por una misma arma de fuego, dichas piezas quedan depositadas en esta división para futuras comparaciones”
Cursa al folio Cuarenta y Cuatro (44) del presente expediente, Inspección Ocular Nº 2.506, suscrita por los funcionarios HERNÁNDEZ MARIANELA, RODRÍGUEZ JOSE, ROJAS MIGUEL y MARÍN NELSON, adscrito a la División de Inspecciones Técnicas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, donde se deja constancia: “…, En el examen externo practicado al cadáver se le observa lo siguiente: una herida de forma circular en la región cigomática izquierda, una herida de forma circular en la región geniana izquierda, escoriaciones en la región frontal y orbital derecha y equimosis en la región orbital derecha y una herida de forma irregular en la región retroauricular derecha…, este queda identificado… como EMERSON EFRÉN ORTEGA MIJARES”
Cursa al folio Cincuenta y Cuatro (54) del presente expediente, Necrodactilia Nº 2.506, de quien en vida se identificara como EMERSON EFRÉN ORTEGA MIJARES, adscrita por los funcionarios HERNÁNDEZ MARIANELA, RODRÍGUEZ JOSE ROJAS MIGUEL y NELSON MARÍN, adscritos a la División de Inspecciones Oculares del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas.
Cursa al folio Cincuenta y Ocho (58) del presente expediente, acta de investigación penal suscrita por el detective MORAS LUIS, adscrito a la sub. Delegación Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde deja constancia de lo siguiente: “… sostuve entrevista con el Sub Inspector GONZÁLEZ ANTONIO, quien me informo que el día nueve de octubre del presente año… sostuvo intercambio de disparo con un ciudadano de nombre ANTHONY JONATHAN MARTÍNEZ LONGA, mejor conocido como “El Chirino” dónde resulto lesionado dicho ciudadano siendo trasladado al Hospital José Maria Vargas de Caracas…, donde fallece luego de su ingreso…”
Cursa al folio Sesenta (60) del presente expediente, acta de defunción de quien en vida respondiera al nombre de ANTONI JONATHAN MARTÍNEZ LONGA, suscrita por la primera autoridad Civil de la Parroquia de San José.
Razones de hecho y de derecho
Luego de un estudio minucioso de todas y cada una de las actas cursantes en el expediente se evidencia la identificación y posterior ubicación de las personas involucradas en el hecho cuestionado; pero no es menos cierto, tal como se deja constancia en el acta policial suscrita por el funcionario RAMÓN SALGADO, adscrito a la sub. Delegación Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas que el cuerpo sin vida de CORTEZ CUADROS JEAN PIERO, ingreso a la morgue de Bello Monte como consecuencia de una herida producida por arma de fuego, siendo es te uno de los imputados, responsables de la muerte de la victima EMERSON EFRÉN ORTEGA MIJARES.
Así mismo, consta en acta de investigación penal, suscrita por el funcionario MORA LUIS, adscrito a la Sub Delegación Simón Rodríguez del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, que el ciudadano ANTHONY JONATHAN MARTÍNEZ LONGA, alias “EL CHIRINO”, quien fuera uno de los que disparo contra la humanidad de EMERSON EFRÉN ORTEGA MIJARES, ingreso al Hospital José Maria Vargas de caracas, donde posteriormente murió a consecuencia de una herida por arma de fuego, luego de un intercambio de disparos con funcionarios policiales, en consecuencia de lo antes indicado se determina que dos de los presuntos imputados en el presente caso, son occisos tal como se desprende de las actas antes indicadas, es por lo cual esta Juzgadora considera procedente y ajustado a derecho, en el presente caso extinguir la acción penal del referido delito a tenor del artículo 103 del Código Penal en relación con el artículo 48, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y acoger la solicitud que hiciere la Representación del Ministerio Público relativa al SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por todo los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley emite el (los) siguiente (s) pronunciamiento (s):: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal en concordancia con el artículo 48, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra los ciudadanos CORTEZ CUADROS JEAN PIERO y ANTHONY JONATHAN MARTÍNEZ LONGA, a tenor del artículo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide expresamente. Regístrese y notifíquese lo conducente.
LA JUEZ DE CONTROL.
DRA. MIGDALIA AÑEZ GONZÁLEZ
EL (LA) SECRETARIO (A)
ABG. DORIS VILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado por este juzgado.-
EL (LA) SECRETARIO (A)
ABG. DORIS VILERA
MMAG/jhei
EXP: 6703-06
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS EN FUNCIÓN DE CONTROL
Caracas, 25 de Julio de 2006
196° Y 147°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN.
SE HACE SABER:
Al (La) Dr. (a) KARIN OCHOA, en su carácter de FISCAL (71) DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, acordó acoger su solicitud en el escrito interpuesto 11/04/2006, y en tal sentido, se DECLARÓ LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral 1º del Código Penal, conforme a lo dispuesto en los artículo 103, ejusdem en concordancia con el artículo 48, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y por consiguiente se DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra los ciudadanos CORTEZ CUADROS JEAN PIERO y ANTHONY JONATHAN MARTÍNEZ LONGA, a tenor del artículo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
Notificación que se le hace, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora en prueba de su notificación.
Dios y Federación
Dra. MIGDALIA AÑEZ GONZÁLEZ
JUEZ 44º DE CONTROL
NOTIFICADO:___________________ FECHA: ___________HORA:_____________
MMAG/Jhei
EXP: 6703-03
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS EN FUNCIÓN DE CONTROL
Caracas, 25 de Julio de 2006
196° Y 147°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN.
SE HACE SABER:
Al (La) ciudadano (a) CORTEZ CUADROS JEAN PIERO, que este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, acordó acoger la solicitud interpuesta 11/04/2006 por el (La) Dr. (a) KARIN OCHOA, en su carácter de FISCAL (71) DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS y en tal sentido, DECLARÓ LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral 1º del Código Penal, conforme a lo dispuesto en los artículo 103, ejusdem en concordancia con el artículo 48, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y por consiguiente se DECLARÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra y del ciudadano ANTHONY JONATHAN MARTÍNEZ LONGA, a tenor del artículo 318, ordinal 3º ejusdem.
Notificación que se le hace, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora en prueba de su notificación.
Dios y Federación
Dra. MIGDALIA AÑEZ GONZÁLEZ
JUEZ 44º DE CONTROL
NOTIFICADO:___________________ FECHA: ___________HORA:_____________
DIRECCIÓN: A LA PUERTA DEL TRIBUNAL
MMAG/jhei
EXP: 6703-06
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS EN FUNCIÓN DE CONTROL
Caracas, 25 de Julio de 2006
196° Y 147°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN.
SE HACE SABER:
Al (La) ciudadano (a) ANTHONY JONATHAN MARTÍNEZ LONGA, que este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, acordó acoger la solicitud interpuesta en fecha 11/04/2006 por el (La) Dr. (a) KARIN OCHOA, en su carácter de FISCAL (71) DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS y en tal sentido, DECLARÓ LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral 1º del Código Penal, conforme a lo dispuesto en los artículo 103, ejusdem en concordancia con el artículo 48, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y por consiguiente se DECLARÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra y del ciudadano CORTEZ CUADROS JEAN PIERO, a tenor del artículo 318, ordinal 3º ejusdem. Notificación que se le hace, a los fines legales consiguientes.
Notificación que se le hace, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora en prueba de su notificación.
Dios y Federación
Dra. MIGDALIA AÑEZ GONZÁLEZ
JUEZ 44º DE CONTROL
NOTIFICADO:_______________ FECHA: ___________HORA:_____________
DIRECCIÓN: Bloque Dos, Edificio Uno, Piso 14, Apartamento 142, del Barrio Pinto Salinas
MMAG/jhei
EXP: 6703-06
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