REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 26 de Julio de 2006.
Visto el escrito presentado por la Dra. Teresita Hoffman, Defensora Pública Penal Trigésima Sexta con Competencia en Fase de Ejecución, quien actuando en su carácter de defensa del penado José Luis Angulo, solicita la práctica de un nuevo Informe Psicosocial en la persona de su representado, este Tribunal observa:
En primer lugar, es preciso señalar que la Ley de Régimen Penitenciario, ni el Código Orgánico Procesal Penal, prevén la práctica de un nuevo Informe en los casos en que haya sido negado una medida de prelibertad.
Por otra parte, tampoco se establecen lapsos para una nueva evaluación que permita reconsiderar la decisión dictada por el órgano jurisdiccional, en los casos en que las resultas sean para el penado desfavorables.
No obstante, y como quiera que nuestro régimen penitenciario se basa en la progresividad que demuestre el reo, a los fines de someterse a una posible medida de autodisciplina, es por lo que este juzgado considera que bien podría solicitarse un perfil psicológico del mismo, a fin den verificar si han sido abordadas y superadas las deficiencias en las áreas analizadas por el equipo técnico, con el objeto de considerar la evolución del interno y la posible consideración de una próxima medida de prelibertad; en consecuencia, se ordena oficiar al Internado Judicial Región Capital, El Rodeo I, con la finalidad de que informe acerca de la evolución del penado de marras, específicamente en cuanto al perfil psicológico. Provéase lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA,
DRA. MAIJOLET ROJAS ZAPATA.
LA SECRETARIA
Abg. MARIA GONZÁLEZ DE OCHOA
Con esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo antes ordenado. Lo Certifico. LA SECRETARIA
Abg. MARIA GONZÁLEZ DE OCHOA
CAUSA Nº: 1131-02.
MRZ/MGO.