REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO

Caracas, 26 de julio de 2006
AÑOS 196° y 147°

Visto el escrito de Transacción, presentado por PEDRO RAMIREZ NIETO, apoderado judicial del ciudadano RICHARD JOSE RIOS, parte actora en este proceso; y la abogada MIGDALIA MORELLA BAENA, en su carácter de apoderada judicial de la empresa SERIES Y REPRESENTACIONES 98 C.A., parte demandada; en el que de común acuerdo y haciéndose reciprocas concesiones, convienen fijar como arreglo total y definitivo de todos y cada uno de los conceptos demandados en el libelo y señalados en el escrito de transacción que pudiera corresponderle a la ex-trabajadora reclamante; verificados los extremos legales pertinentes esta Alzada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el acuerdo transaccional señalado supra, quedando consumado el acto como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.- En consecuencia, se DECLARA terminado el proceso y se ordena la remisión del expediente a la Coordinación Judicial a los fines de su archivo y cuido. Todo en el juicio seguido por RICHARD JOSE RIOS contra la empresa SERIES Y REPRESENTACIONES 98 C.A.,. - CÚMPLASE.


WILLIAM A. GIMÉNEZ Q.
JUEZ
YRMA ROMERO MÁRQUEZ
SECRETARIA

En esta fecha se remitió el expediente.-

LA SECRETARIA


EXP Nº 002280-T.
WG/YRM/yp.-