REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

“desierto” del primer Acto de Ejecución Forzosa establecido en la presente Causa por inasistencia de la parte actora y sus apoderados judiciales. Se estableció como la nueva fecha para decretar la Ejecución Forzosa el día miércoles 26 de Julio de 2006 a las 9:00 am. Ratificándose el auto de fecha 09 de Junio de 2006 en cuanto a los montos fijados para dicha Ejecución, según lo amerite el caso (ya sean bienes o cantidades liquidas)