REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio N° 2
Caracas, 17 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-012033
Vista la anterior solicitud de Curador Ad-hoc, presentada por la ciudadana (...), venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- (...), en representación legal de su hijo (...), de doce (12) años de edad, en la que solicita se le nombre CURADOR AD-HOC al mencionado adolescente; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismo cuidadosamente y, vista asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por la ciudadana (...), venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- (...), acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona de (...), antes identificada, el cargo de CURADOR AD-HOC del adolescente (...), de doce (12) años de edad. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA
ABG. JESUS BELEN ALVAREZ
AP51-S-2006-012033
FPM/JBA/yaritza
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