REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal VIII.

Caracas, tres (03) de julio de dos mil seis (2006).
196º y 147º

ASUNTO: AP51-S-2006-005991


Vista la diligencia de fecha 21 de junio del corriente año, suscrita por la ciudadana RAQUEL TOVAR IBIMAS, plenamente identificada en autos, asistida por la abogada en ejercicio MARLENE GALLARDO y en la cual, desiste de la presente solicitud; esta Sala de Juicio, conforme a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO formulado por la parte solicitante, en los mismos términos, fines y condiciones expuestos. Asimismo, se ordena la devolución de los documentos originales, previa su certificación en autos. Expídase copia certificada de la diligencia y del presente auto que la acuerda. Cúmplase.
LA JUEZ

Abg. SAHITI VIDAL de GUZMAN.
LA SECRETARIA

Abg. GREYMA ONTIVEROS.

SVdeG/Carolina Parra.