REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 10
Caracas, 17 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-009413
Visto el escrito de solicitud presentado por el ciudadano JOHAN MANUEL BORGES ANDRADE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.933.075, debidamente asistido por la abogada ELENA ACOSTA DE ANTIAS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 77.301, mediante el cual solicita se le nombre Curador Ad-Hoc, a su hijo XXXXXXXXXXXXXXX, de siete (07) años de edad; este Tribunal vistos y examinados como han sido todos los recaudos y vista asimismo la aceptación al cargo de la Curadora Ad-Hoc hecha por la ciudadana BETTY TERESA ANDRADE DE BORGES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.268.779, acuerda en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona de la ciudadana BETTY TERESA ANDRADE DE BORGES, antes identificada al Cargo de CURADORA AD-HOC, del niño XXXXXXXXXXXXXXX. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA
MARIA DEL ROCÍO RODRÍGUEZ
LA SECRETARIA
MILAGROS N. SILVA
ASUNTO: AP51-S-2006-009413
MRR/MNS/Mirla
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