REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 26 de julio de 2006
196 y 147
Por cuanto este Tribunal en uso de sus facultades que le confiere el articulo 11 del Código de Procedimiento Civil observa: Por auto dictado en fecha 18 de julio de 2006, se fijo el día 26 de julio de 2006, a los fines de la practica de la inspección promovida por el solicitante; sin embargo la norma contenida en el articulo 813 del Código Procedimiento Civil dispone: “…La demanda por retardo perjudicial procederá cuando haya temor fundado de que desaparezca alguna prueba del promoverte…”.- ahora bien, del articulo antes trascrito se evidencia que a los fines de practicar las diligencias promovidas por el solicitante es necesaria la citación de la parte contraria, en este caso de la ciudadana MARIA MERCEDES CALDERON PAREDES, parte demandada, es por lo que de conformidad con lo establecido en el articulo 310 del Código Adjetivo y en consecuencia se revoca por contrario imperio el auto de fecha 18 de julio de 2006 y que cursa al folio treinta (30) del presente expediente.-
En consecuencia a los fines de practicar la inspección judicial solicitada a través del procedimiento del retardo perjudicial se ordena la citación de la ciudadana MARIA MERCEDES CALDERON PAREDES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. 14.427.578, con el objeto de hacer de su conocimiento que una vez conste en autos su citación, este Juzgado se trasladara a Residencias Aquarius Piso 15, apartamento 15-D, Avenida Sanz, Urbanización El Márquez, Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, al Tercer (3ª) día de despacho siguiente a las 4:00 p.m. Librese boleta de citación.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-
JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-
Exp.: 22996
EBG*JOG*Edward.
En esta misma fecha se libro la boleta de notificación.-
EL SECRETARIO,