REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA TRÁNSITO, TRABAJO Y AGRARIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

…gado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-

Valle de la Pascua 11 de Julio de 2006.-
196º y 147º

Visto el Expediente Nº 2123, recibido en esta misma fecha, con oficio Nº 200, de fecha 26 de Mayo de 2006, del Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, al respecto este Tribunal observa que dicho expediente trata sobre un juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES (Mayúsculas, negritas y subrayado nuestro), intentado por el ciudadano JOSE RAMON MARTINEZ DIAZ, en contra de HELADERIA Y PIZZERIA LA SUPREMA, en la persona de VICTOR BINAGGIA.-

De la lectura del auto en el cual acuerdan enviar el presente expediente a este Juzgado (folios 81 y 82, ambos inclusive de la Tercera Pieza), se observa que la Juez que suscribió el mismo considera que el Tribunal que debía proferir sentencia nuevamente era este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO (Mayúsculas, negritas y subrayado nuestro), por ser el que dictó sentencia en apelación cuando tenía la competencia laboral hoy suprimida según resolución No. 2004-00026, de fecha 8 de Diciembre de 2004, ARTICULO 1, pero este Juzgado no puede emitir pronunciamiento alguno sobre la materia, pues se estaría violando la garantía Constitucional del Juez natural prevista en el artículo 49.4, por ser un Tribunal con una competencia distinta a la materia de la demanda.-
Ahora bien, se observa igualmente que fueron enviadas las copias certificadas de la sentencia de Amparo en consulta a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, Extensión Valle de la Pascua, por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines legales, donde la Juez de Juicio Dra. Zulema Daruiz envió el expediente al Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de esta Circunscripción Judicial; y éste a su vez por haberse inhibido la Juez lo envió al Juzgado Segundo de los Municipios quien decidió finalmente enviarlo a este Tribunal por las razones arriba expuestas.

Considera quien suscribe este auto que se debió analizar la Resolución Nº 2004-00026, de fecha 08 de Diciembre de 2004, donde le suprimen la competencia a este Juzgado y crean los Tribunales Del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio en sus disposiciones finales artículo 10, el cual es del tenor siguiente:


“ARTÍCULO 10. Los Tribunales de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, que en virtud de su cuantía conozcan de causas de Trabajo continuarán conociendo de las mismas hasta decisión. De las Apelaciones de estas causas conocerá el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico”.-


En virtud de los antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, por ningún motivo hoy en día le corresponde dictar pronunciamiento alguno sobre lo aquí debatido, por lo que acuerda enviar el presente Expediente identificado así: Piezas 1 y 2 Nº 2123 y Pieza 3 Nº 901 al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en cumplimiento de la Resolución antes mencionada, a los fines que sea resuelta la presente causa y garantizar a los justiciables lo previsto en el artículo 257 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece lo siguiente:


“ARTÍCULO 257: El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la Justicia.- Las Leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público.- No se sacrificará la Justicia por la omisión de formalidades no esenciales”.-


Igualmente este Tribunal ordena remitir copia de la presente decisión al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y a los Juzgados Primero y Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de esta Circunscripción Judicial; y acuerda darle salida al presente expediente remitiéndolo al referido Juzgado Superior.- Y ASÍ SE DECIDE.- Désele salida.-
La Juez Temporal,


ABOG. JELISCA JUMICO BECERRA CHANG.-
La Secretaria,


ABOG. NIEVE YSAMER ARVELAIZ BALZA.-


Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 11 de Julio de 2006, siendo las 2:30 minutos de la tarde, así mismo se libraron oficios Nros. 293, 294, 295, 296 y se le dió salida al presente Expediente identificado así: Piezas 1 y 2 Nº 2123, constantes la Pieza 1 de CIENTO SESENTA Y CINCO (165) FOLIOS UTILES; la Pieza 2 de TRESCIENTOS DOS (302) FOLIOS UTILES y la Pieza 3 Nº 901, de NOVENTA Y UN (91)FOLIOS UTILES.- Conste.-

La Secretaria,



ABOG. NIEVE YSAMER ARVELAIZ BALZA.-

Exp. Nº 2123.-
JJBCHG/mmm.-