REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA TRÁNSITO, TRABAJO Y AGRARIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

…gado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-


Valle de la Pascua, 13 de Julio de 2006
196º y 147º


Este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la medida solicitada de Enajenar y Gravar, que luego de la revisión de los recaudos consignados se observa que no existe documento que evidencie que el bien es propiedad de las demandadas por lo que en atención a lo previsto en el artículo 256 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual reza así:

“Cuando el Tribunal encontrare insuficiente la prueba aportada para solicitar las medidas preventivas, mandará a ampliarla sobre el punto de la insuficiencia, determinándolo con claridad. Si por el contrario, hallase suficiente la misma, decretará la medida solicitada el mismo día en que se haga la solicitud”.

Se insta a la parte demandante para que dentro del lapso de diez (10) días continuos, consigne documento donde se acredite la propiedad del bien que se pretende se le decrete Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar.-

De igual modo deberá aclarar al Tribunal con mayor precisión la extensión y linderos sobre los cuales aspira recaiga la medida, que es en si el objeto del presente juicio, aclaratoria que deberá hacerla durante el mismo lapso arriba mencionado.-

La Juez,

ABOG. JELISCA JUMICO BECERRA CHANG.-


La Secretaria,

ABOG. NIEVE YSAMER ARVELAIZ BALZA


Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 13 de Julio de 2006, siendo las 10.30 minutos de la mañana.- Conste.-

La secretaria,


ABOG. NIEVE YSAMER ARVELAIZ BALZA



Exp. Nº 2006-3993.-
JJBCH/asdm.-