ACTA
N° DE EXPEDIENTE: JP31-L-2006-000060
PARTE ACTORA: ANDERSON VELOZ VARGAS, DAHIL ANTONIO BELLO ORTEGA Y GUSTAVO ALBERTO OCHOA.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: OLHEYSA BLANCO AGUILERA.
PARTE DEMANDADA: VICTOR HUGO PIC GUZMAN.
ABOGADO ASISTENTE: OCTAVIO CAMERO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, jueves veintinueve (29) de junio del 2006, siendo las dos (9:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; previo el anuncio de Ley se deja constancia que no compareció la parte accionante ni por si ni por medio de apoderado y se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, ciudadano: VICTOR HUGO PIC GUZMAN, asistido en este acto por el abogado OCTAVIO CAMERO en consecuencia, este Tribunal deja constancia de ello; por lo que de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión. Años: 196º de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. YELITZA LOPEZ
EL DEMANDADO Y SU ABOGADO ASISTENTE,
LA SECRETARIA SUPLENTE,
Abg. SOYDA DARIELLA TERAN
En la misma fecha siendo las 9:20 a.m., se publicó la anterior sentencia a la puerta del Tribunal y se dejó la copia ordenada.
Secretaria Suplente
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