REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO CON SEDE EN LA CIUDAD DE VALLE DE LA PASCUA
Valle de la Pascua, 12 de Junio de 2006
195° y 147°
ASUNTO: CTVS 970-05
ACTA
PARTE ACTORA: Ciudadano HUMBERTO DIAZ ESTRADA, SOFIA MICHELI
CMACHO Y JEAN PAUL HIMMESOETE, titulares de la Cédula de
Identidad N° V-1 2.584.814,16.809.297 y E-80.088.244
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: FINCA SAN JOSE en la persona del Ciudadano SALVADOR SASANI, titular de la Cedula de Identidad N° 3.553.934
APODERADOS JUDICIALES PARTE DEMANDADA: Abogados EVELIN DEL
VALLE GOMEZ Y LISBETH CAROLINA HERNANDEZ SILVA, Inscrita en el
Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 111.123 Y 111.125
respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy Lunes doce (12) de Junio de dos mil seis (2.006), siendo as once horas de la mañana (11: 00a.m), oportunidad fijada para que Tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto. Se deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la Parte Demandante, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, no así de la demandada quien lo hace a través de sus abogadas plenamente identificadas en autos por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.