En horas del día de hoy, veintiuno (21) de junio del año dos mil seis, siendo las nueve y cuarenta (9:40..am) horas de la mañana, compareció por ante este Despacho espontáneamente el ciudadano: CAPOTE PELAZ LUIS ENRIQUE, Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 09-10-49, de 56 años de edad, estado civil casado, de profesión comerciante, trabajando actualmente en Latino Americana de Extintores S.R.L, ubicada Santa Tomas a Esmeralda N° 91-1, Caracas, residenciado en Brisas de Gamboa, sector Quebrada Arauco, Urbanización San Bernardino, Casa N° 20, teléfono 5504196, Cédula de Identidad N° V- 3.553,201, quien expone: “Comparezco por ante este Tribunal, a fin de constituirme en FIADOR PERSONAL del ciudadano: CARRILLO SANTANA FREDDY JOSE y a tal efecto consignamos en este mismo acto, constancias de residencias, constancia de buena conducta, constancias de trabajos y Registro mercantil de su empresa, y los cuales fueron debidamente revisados por este Tribunal, Es todo”. En este mismo acto, en vista de la presentación de la presente fianza, el tribunal pasa a imponer a la fiadora de las obligaciones contenidas en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo interrogados de la siguiente manera: PREGUNTA: Digan usted, si se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: Que el imputado no se ausente de la jurisdicción del Tribunal; Presentarlo ante la autoridad que designe el juez cada vez que así lo ordene, satisfacer los gastos de captura, y costas procesales, hasta el día que afianzado se hubiese ocultado, o fugado y pagar por vía de multa, en caso de no presentar al imputado, dentro del término que al efecto se le señale.? A tal efecto, se fija en la presente acta constitutiva, por concepto de multa, un monto igual a las CINCUENTA (50) UNIDADES TRIBUTARIAS, cada uno. CONTESTÓ: Si me comprometo a cumplir con las mencionadas obligaciones y declaró que este despacho me las ha leído y puesto de manifiesto las mismas. Es todo, terminó se leyó y conformes firman:
LA JUEZ,



YRIS YELITZA CABRERA MARTINEZ .-



EL FIADOR.



CAPOTE PELAZ LUIS ENRIQUE
LA SECRETARIA.


ABG. DOROTHY AVILES M.


Causa: 3C-7096-06.-