REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
Con merito a la Nota de Secretaria que antecede, mediante la cual la ciudadana Secretaria de este Despacho, da cuenta al Tribunal, que siendo el día y la hora fijada por este Juzgado, para la Celebración de la Audiencia Oral y reservada con el objeto de la Imposición de la Ejecución de la Sanción, impuesta al sancionado de autos (IDENTIDAD OMITIDA) (Ampliamente identificado en autos anteriores), se observó la comparecencia al acto en cuestión de la Representación Fiscal, no habiéndosele asignado para la fecha el Defensor Público Especializado y no compareciendo el referido joven, a pesar de habérsele concedido un lapso de espera de Tres (3) horas,., razón por la cual este Tribunal en uso de sus facultades legales, acuerda PRIMERO: Declarar desierto dicho acto. SEGUNDO: Difiere la celebración del aludido acto, para el día 10-07-2006, a las 09:00 horas de la mañana. A tal efecto convóquese nuevamente al sancionado.