REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos de febrero de dos mil seis
195º y 146º
Nº DE EXPEDIENTE: AP21-S-2005-002151
PARTE ACTORA: DORIS MARGARITA PEREZ PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: No acredito
PARTE DEMANDADA: MERCAL, C.A,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No acredito
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día de hoy previo sorteo, correspondió a este juzgado la Celebración de la Audiencia Preliminar a las 9:00am, y anunciado como fue dicho acto por el ciudadano Alguacil se verifico la incomparecencia de la parte actora: DORIS MARGARITA PEREZ PEREZ, por lo que de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Juzgado Décimo Octavo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo considera desistido el procedimiento y terminado el proceso. Regístrese la presente decisión.
La Jueza
Abog. Eduarda Gil
El Secretario
Abog. Reinaldo Peña
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”