REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo (20°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho de junio de dos mil seis
196º y 147º



N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000972
PARTE ACTORA: JUSBEL JOSEFINA PACHECO GUEVARA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: A.C. ESCUELA AGUSTIN CODAZZI
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO



En el día hábil de hoy, dos (02) de Junio de 2006, siendo las 11:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 196.

El Juez,


Abog. Juan Ramón Echeverría


La Secretaria,


Abog. Elis Hernández








“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”