REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de junio de dos mil seis (2006)
196º y 147º
AP21-L-2004-004457


Vista el escrito de fecha 13-06-2006, presentada por el abogado GUSTAVO ADOLFO HADAM LOPEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº:78.275 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, empresa INVERSIONES GOLD NUGGET C.A, mediante la cual impugna el auto que decreto la Ejecución Forzosa dictada por este Juzgado en fecha 22-05-2006, este Juzgado debe señalar que de conformidad con lo indicado en el artículo 186 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo, las decisiones del Juez, en fase de ejecución, solo admite recurso de apelación a un solo efecto, ejercido dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, contados a partir del acto que se impugna, por lo que es forzoso señalar, que es este medio de impugnación el que otorga la Ley, y no otro, para atacar las decisiones dictadas por los Jueces laborales en fase de ejecución de sentencias. Por lo tanto, siendo que el acto que pretende impugnar el referido apoderado judicial, quedó definitivamente firme el día 25-05-2006, el mismo no puede ser objeto de recurso alguno, y en consecuencia, este Juzgado no tiene materia sobre la cual decidir al respecto. Así se establece.
El Juez

Abog. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria.

Abog. Norialy Romero



“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”