REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de junio de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO : AP21-L-2006-000772
Vista la diligencia de fecha 16.06.2006, suscrita por las abogadas JANETT RESEBDE CAMPOAS IPSA N° 30.996 y XIOMARY MARGARITA CASTILLO IPSA N° 102.750, en su carácter de representantes judiciales de la parte demandada y demandante, respectivamente, mediante la cual presentan el escrito de transacción celebrado entre las partes, el cual una vez revisado exhaustivamente por este Juzgado y evidenciándose que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo le imparte su HOMOLOGACIÓN, en los términos indicados en dicho escrito, en consecuencia, da por terminado el presente proceso y ordena el archivo del presente expediente. Asimismo, se ordena la expedición por Secretaría de conformidad con el artículo 21, numeral 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de dos (2) copias certificadas del escrito transaccional y del presente auto. Cúmplase con lo ordenado.
La Juez
Abog. Milagros Jiménez
La Secretaria
Abog. Norialy Romero
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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