REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA UNDÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 11
Caracas, 26 de junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AH51-X-2006-000728
Vista las medidas solicitadas en el libelo de la demanda, esta Sala de Juicio a los fines de garantizar el cumplimiento de la Obligación Alimentaria, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre la TOTALIDAD DE LAS PRESTACIONES SOCIALES que puedan corresponder al obligado, ciudadano: WILFREDO URBENCIO ROJAS, en caso de renuncia o despido de su lugar de trabajo, todo conforme a lo establecido en el articulo 521 literal b de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia ordena librar oficio al Instituto Universitario de Tecnología Jacinto Navarro Ballenilla, a la Universidad de Oriente y al Ministerio de Educación Superior, a fin de comunicarle lo ordenado Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. ENOE M. CARRILLO C.
LA SECRETARIA,
DAYANA ESTABA
EMCC/reldy