REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Juez Unipersonal de la Sala de Juicio No. 13
Caracas, 19 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-010824
Vista la aceptación de la ciudadana NORA BOCCITTO, de nacionalidad Italiana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. E-81.081.183, como Curadora Ad Hoc, de la adolescente _, esta Sala de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil Vigente, designa a la ciudadana NORA BOCCITTO, anteriormente identificada, como CURADOR AD HOC, de la adolescente de autos y de todas las consecuencias legales inherentes a la misma. Cúmplase.
El Juez
La Secretaria
Abg. Helio Antonio Requena
Abg. Dayana Fernández
AP51-S-2006-010824
HAR/DF/Félixg.