República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.


ACTUANDO EN SEDE: Civil.
SOLICITUD N°: 6.028.
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTE (S): Elena Victoria Barriento.

En relación a la solicitud de fecha 15 de mayo del año 2006, suscrita por la ciudadana Elena Victoria Barriento, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.956.774 y de este domicilio, asistida de abogado, donde solicita, en su condición de hija, sea declarada conjuntamente con sus hermanos, Tobías Carmelo Guedez Barriento, Adelaida Beatriz Barriento, Manuel Ramón Barriento, María Antonia Barriento, José Rafael Barriento, Javier Enrique Barriento, Carlos Eduardo Barriento, Rubén Darío Rojas Barriento y Yezenia Josefina Rojas Barriento; titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.672.285, 10.875.090, 11.116.780, 11.116.845, 11.116.781, 15.784.501, 16.859.007, 16.334.441 Y 17.272.116, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de cujus María de Lourdes Barriento, quien falleció el día 25 de marzo del año 2006, en esta ciudad. El tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por la mencionada ciudadana, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos Elena Victoria Barriento, Tobías Carmelo Guedez Barriento, Adelaida Beatriz Barriento, Manuel Ramón Barriento, María Antonia Barriento, José Rafael Barriento, Javier Enrique Barriento, Carlos Eduardo Barriento, Rubén Darío Rojas Barriento y Yezenia Josefina Rojas Barriendo, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la difunta María de Lourdes Barriento, quien falleció el día 25 de marzo del año 2006, según acta N° 210, de fecha 27 de marzo del año 2006. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147º de la Federación.


El Juez suplente especial,

Abg. Santiago Restrepo Pérez.
La Secretaria titular,

Abg. Marisel Peralta Ceballos.

En la misma fecha siendo las 11:55 a.m., se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.

La Secretaria titular,
SRP/jcp.-
SOL. Nº 6.028