Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 6021
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (s): Carmen Armira Ramírez, José Manuel Ratia, Clemente Antonia Ratia, Esmirna del Valle Rattia, Maryuri Aracelis Rattia, Alexander Alfredi Rattia.
En relación a la solicitud de fecha 11 de mayo del año 2006, suscrita por los Abogados Rafael Utrera y Francisco Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, portadores de cédulas de identidad Nros: V.2.516.857 y V. 5.159.278, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 24.404 y 43.042, respectivamente, actuando en este acto en su carácter de apoderado de la ciudadana Carmen Armira Ramírez, venezolana, soltera, mayor de edad, domiciliada en Maracay, Estado Aragua, titular de la cédula de identidad N°: V.3.148.737, quien a su vez es apoderada de los ciudadanos José Manuel Ratia, Clemente Antonio Ratia, Esmirna del Valle Rattia, Maryuri Aracelis Rattia, Alexander Alfredi Rattia, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nros: V.4.390.297, V.7.282.191, V.8.787.571, V.10.669.996, y V.-10.673.750, respectivamente, donde solicitan en su condición de hijos, sean declarados, como Únicos y Universales Herederos del de-cujus Federico Ramírez, quien falleció ab-intestato el día 21 de noviembre del año 1983, en esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este juzgado en fecha 19 de mayo del año 2006, promovida por el mencionado ciudadano, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con Lugar la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia declara conforme a los autos a los ciudadanos: Carmen Armira Ramírez, José Manuel Ratia, Clemente Antonio, Ratia, Esmirna del Valle Rattia, Maryuri Aracelis Rattia, Alexander Alfredi Rattia, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, del difunto Federico Ramírez, quien falleció ab-intestato, el día 21 de noviembre del año 1983, según acta N°: 384. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los diecinueve (19) días del mes de junio del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez Suplente Especial,
La Secretaria Titular,
Abg. Santiago Restrepo Pérez Abg. Marisel Peralta Ceballos.
En la misma fecha siendo las 11: 00 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
La Secretaría Titular,
SRP/mcc
Sol. N° : 6021
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