blica Bolivariana de Venezuela.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.


ACTUANDO EN SEDE: Civil.
SOLICITUD N°: 5.802.-
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTE (S): GINA DEL CARMEN TEMPRA DE PAEZ

En relación a la solicitud de fecha 25 de enero de dos mil seis (2006), suscrita por la ciudadana Gina del Carmen Tempra de Páez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.999.258, asistida de abogada, donde solicita en su condición de madre, sea declarada como ”ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus Diego Giovanni José Tempra Ávila, quien falleció ab intestato, el día 25 de septiembre de 2.005, en la carretera Nacional Dos Caminos-El Sombrero, Estado Guárico. el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, en fecha 03 de febrero de 2.006, promovidas por la mencionada ciudadana, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos, a la ciudadana GINA DEL CARMEN TEMPRA DE PAEZ como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del de cujus. Diego Giovanni José Tempra Ávila, Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.-

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, al primer (1°) día del mes de marzo del año dos mil seis (2006). Años 195° de la Independencia y 147º de la Federación.
El Juez temporal

Abg. Santiago Alfredo Restrepo Pérez-
La Secretaria titular,

Abg. Marisel Peralta Ceballos.-
En la misma fecha siendo las 2 y45 p.m., se registro, publico y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaria titular,


SARP/mtm.-
SOL. Nº 5.802.-