REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
San Juan de los Morros, seis de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: JP31-L-2005-000122
PARTE ACTORA: JOSE FRANCISCO ARTEAGA ORTEGA
PARTE DEMANDADA: JUAN HERNANDEZ y SANTIAGO PEREZ
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO


En el día hábil de hoy, viernes veintiséis (26) de mayo del dos mil seis (2006), siendo las nueve (09:00 a.m) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio por ACCIDENTE DE TRABAJO, previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, observándose la incomparecencia de la parte actora; ciudadano JOSE FRANCISCO ARTEAGA ORTEGA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.089.672, ni por si ni mediante apoderado judicial, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de ello; por lo que de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Años: 195º de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. YELITZA JOSEFINA LOPEZ LA SECRETARIA,
DILEXI GARCIA RAMOS
En la misma fecha siendo las 09:10 a.m., se publicó la anterior sentencia a la puerta del Tribunal y se dejó la copia ordenada.
Secretaria,