REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
En horas del día de hoy, miércoles diez (10) de mayo del año dos mil Seis (2.006), siendo las once y treinta (11:30) horas de la mañana, comparecieron por ante este Despacho espontáneamente, las ciudadanas: CARMEN ELENA ORELLANA GRATEROL, venezolana, natural de Caracas, estado civil soltera, de profesión u oficio Administradora, trabajando actualmente en el Autoservicio 2021, Residenciada en Carretera Petare-Guarenas, Barrio Metropolitano, Casa N° 18, teléfono 0416-8341349 y titular de la Cédula de Identidad N° V-17.124.293; y VERONICA LEONOR ESCALANTE SALAZAR, Venezolana, natural de Caracas, estado civil Soltera, profesión u oficio Administradora, trabajando actualmente Acrilicos Renacer, Residenciada en Barrio Metropolitano, Calle Bolívar, Casa N° 3C, teléfono 0414-9055006 y titular de la cédula de identidad N° V-12.453.518, quienes exponen: “Comparecemos por ante este Tribunal, a fin de constituirnos, en FIADORES PERSONALES de los ciudadanos YORMAN JOSE URDANETA BOLE Y RAFAELA JOSEFINA COLMENARES y tal efecto consignamos en este mismo acto, constancias de Trabajo, residencia y de buena conducta, Es todo”. En este mismo acto, en vista de la presentación de la presente fianza, el Tribunal pasa a imponer a las fiadoras de las obligaciones contenidas en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo interrogadas de la siguiente manera: PREGUNTA: ¿Digan las fiadores, si se comprometen a cumplir con las siguientes obligaciones: Que los imputados no se ausenten de la jurisdicción del Tribunal; Presentarlos ante la autoridad que designe el juez, cada vez que así lo ordene, satisfacer los gastos de captura y costas procésales, hasta el día que los afianzados se hubiese ocultado o fugado y pagar por vía de multa, en caso de no presentar a los imputados, dentro del término que al efecto se le señale?, a tal efecto, se fija en la presente acta constitutiva, por concepto de multa, un monto igual a TREINTA (30) UNIDADES TRIBUTARIAS, cada uno. CONTESTARON: Si, nos comprometemos a cumplir con las mencionadas obligaciones y declaramos que este Despacho nos la ha leído y puesto de manifiesto. El Tribunal deja constancia de haber recibido los documentos consignados. Es todo, terminó se leyó y conformes firman:
LA JUEZ,
DRA. YRIS YELITZA CABRERA MARTINEZ
LAS FIADORAS
CARMEN ELENA ORELLANA GRATEROL
VERONICA LEONOR ESCALANTE SALAZAR
LA SECRETARIA
ABG. DOROTHY AVILES MAUQUER
CAUSA: N° 6867-06.