REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE EJECUCIÓN
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 28-03-2006, por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual condena al ciudadano: UDO MAC FANNY, Pasaporte N° AO450703, a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En tal sentido, y vista la pena impuesta, se procede a la inmediata ejecución de la sentencia condenatoria dictada en contra del mencionado ciudadano, en consecuencia este Tribunal de Ejecución expone dicho cómputo, tal y como queda en el siguiente cuadro explicativo:
UDO MAC FANNY
Pena Principal impuesta: 09 Años de Prisión.
Fecha de Detención: 12-03-2003.
Tiempo Cumplido: 03 Años, 01 Mes y 26 Días.
Remanente (Le falta por cumplir): 05 Años, 10 Meses y 04 Días.
Fecha en que Cumple la Condena: 12-03-2012.
Fecha en que Cumple la Mitad de la Pena: 12-09-2007.
Destacamento de Trabajo: 12-06-2005.
Régimen Abierto: 12-03-2006.
Libertad Condicional: 12-03-2009.
Confinamiento: 12-12-2009.
Así mismo, y toda vez que el penado fue condenado a las penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, queda el mismo inhabilitado políticamente durante el tiempo de la condena una vez comenzada a cumplir ésta.
Remítase copia certificada del presente auto al Internado Judicial Los Teques, donde se encuentra recluido el penado, a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación de Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, Ofíciese al Consejo Nacional Electoral, a la Oficina de Identificación y Extranjería y a la División de Antecedentes Penales procediendo de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, notifíquese a las partes y líbrese boleta de traslado para imponer al penado del auto de ejecución practicado por este Juzgado. Cúmplase.
LA JUEZA
MARISELA PEREZ MATA
LA SECRETARIA
ANNY MARCHESE
Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
ANNY MARCHESE
MPM/gap
Causa Nº 1423-06