REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE EJECUCIÓN

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 17-04-2006 por el Juzgado 02º de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual condena al ciudadano: LEOPOLDO JULIAN MATOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.410.555; a cumplir la pena de SIETE (07) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO IDENTIFICATORIO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 327 Código Penal Vigente. En consecuencia se acuerda practicar el cómputo definitivo y en tal sentido, este Tribunal de Ejecución expone dicho cómputo, en los términos siguientes:



Pena Impuesta: 7 Días y 12 Horas de Prisión.
Fecha de Detención: 01-02-2006 al 17-04-2006
Tiempo Detenido: 02 Meses y 16 Días
Cumplió la Pena: 08-02-2006.
Sujeción a la Vigilancia: 09-02-2006


Ahora bien, del cómputo anterior se evidencia que el penado cumplió en exceso la pena que le fuera impuesta, por lo que quien aquí decide considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso es DECRETAR LA LIBERTAD PLENA del penado LEOPOLDO JULIAN MATOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.410.555, en consecuencia líbrense los oficios correspondientes, notifíquese lo conducente a las partes. Así mismo y por cuanto la presente causa se encuentra totalmente concluida se acuerda su remisión en su oportunidad legal a la Oficina de Archivo Judiciales a los fines de su archivo y custodia. Cúmplase.
LA JUEZA


MARISELA PÉREZ MATA


LA SECRETARIA



Abg. ANNY MARCHESE


En esta misma fecha se dio fiel cumplimiento a lo ordenado.



LA SECRETARIA



Abg. ANNY MARCHESE







MPM/ysg.
Causa Nº 1424-06.