REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION EJECUCION
SALA 102
Caracas, 16 de Mayo de 2006.
196° y 147°

ACTA DE ENTREVISTA

En horas de audiencia del día de hoy 16 del Mes de Mayo de 2006, siendo las 10:00 de la mañana del día de hoy, comparece por ante la sede de este Juzgado previa boleta de notificación Nº 212-06, librada el 25-04-06, concerniente al joven-adulto: (Identidad Omitida), el Observatorio, sector las Casitas casa sin número, municipio Libertador, acompañado de su Defensora Pública Nº 01 DRA. Annerys Aviles, entrevistándose directamente con la ciudadana Juez de este Despacho, de conformidad con lo previsto en el artículo 630 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, formulándose las siguientes preguntas, previa imposición del artículo 49, ordinal quinto de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, PRIMERA PREGUNTA; Diga Usted, si actualmente se encuentra cursando estudios. En caso afirmativo indique la Unidad Educativa y el horario que cumple, RESPONDE: Si, estoy haciendo un curso de Computación, en el Instituto Luisa Caceres de Arismedi, ubicado en la Avenida Urdaneta, de 10: 30 A 12;45 del medio día. SEGUNDA PREGUNTA: Diga Usted, si actualmente se encuentra trabajando. En caso afirmativo indique donde y que horario. RESPUESTA: Si, trabajo en la Avenida Urdaneta, en ftrente de la PTJ, Edificio el Mirador, piso 08, en una fabrica de ropa de niños, soy Cortador y Trazador, tengo dos años aproximadamente, de 8:30 a 5:30 de la tarde, de lunes a viernes. TERCERA PREGUNTA: Si asiste regularmente a la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente no Privado de Libertad. RESPONDE: Si, me presento en Libertad Asistida cada mes o cuando ellos me citen, mi delegado es la Lic. Rebeca Carderón. CUARTA PREGUNTA; Diga Usted, si conoce la fecha tentativa de cumplimiento de la sanción, vale decir el cómputo de esta. RESPONDE. No, Seguidamente la Ciudadana Juez le comunica que cumple la medida de Libertad Asistida el 13-09-06, tentativamente, según consta en el computo inserto al folio Nº 128 al 129 de la primera pieza. QUINTA PREGUNTA: Diga Usted, Si tiene alguna petición que hacer al Tribunal. RESPONDE: Si, le solicito al Tribunal que me sean alagadas las presentaciones por la Entidad, seguidamente se le concede la palabra a la Ciudadana Defensora Pública DRA. Annerys Aviles quién le informa al joven que siga con su medida como lo viene haciendo hasta ahora. Es Todo. Inmediatamente se le informa al Joven que el incumplimiento injustificado de la medida puede acarrear sanción de privación de libertad, según lo dispuesto en el artículo 628, literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Es Todo. Terminó, Se Leyó y Conformes Firman.-
LA JUEZ PROVISORIO


DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA

EL JOVEN-ADULTO:


(Identidad Omitida)

LA DEFENSORA PUBLICA


DRA. ANNERYS AVILES


LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO

Exp: J1RO.E/04-286/MGU/betania-