Por recibido el presente expediente constante de una (01) pieza conformada por Setenta y siete (77) folios útiles, relacionado con los jóvenes (Identidades Omitidas), procedente del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, este Juzgado considerándose competente para conocer de la presente causa a tenor de las facultades conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente acuerda: PRIMERO: désele entrada en los libros respectivos que para tal efecto lleva este Tribunal, quedando anota bajo el número de expediente: 382-06. SEGUNDO: Notifíquese a las partes del contenido del presente auto. TERCERO: Fíjese la celebración de la audiencia de imposición de la Ejecución de la Sanción por auto aparte PROVEASE LO CONDUCENTE. CUMPLASE.