REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Decisión N° 22

Asunto N° JP01-X-2006-000027
Motivo: Inhibición
Juez inhibida: Abg. Merly Velásquez de Canelón.
Juez 1° de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de La Pascua.
Ponente: Miguel Ángel Cásseres González
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I
La ciudadana Merly Velásquez de Canelón, Juez 1° de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de La Pascua, el 21 de abril de 2006, se inhibe de conocer la causa signada con el N° JP21-P-2006-0000997, en virtud de que uno de los defensores del imputado es el Abg. Miguel Ledezma, con quien mantiene vínculo de amistad por haber sido compañeros de trabajo, al desempeñarse el mencionado abogado como juez de primera instancia en lo penal de este circuito, extensión Calabozo, todo ello conforme a lo previsto en el ordinal 4° del artículo 86 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal.

El Código Orgánico Procesal Penal establece que la amistad íntima entre el operador de derecho y una de las partes, es motivo para separarse del conocimiento del asunto por parte del fallador. Aún cuando la inhibida no cualifica la amistad con el Abg. Miguel Ledezma, esta sala presume que ella se refiere a la calificada por el legislador en virtud de que la subsumió en el ordinal 4° del señalado artículo 86 eiusdem, por lo que en consecuencia se declara con lugar dicha separación de conocer, para mantener el principio de la imparcialidad del juez en el proceso judicial. Así se decide.
II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, con lugar la inhibición planteada por la Abg. Merly Velásquez de Canelón, Juez 1° de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de La Pascua, en el asunto donde aparece como imputado el ciudadano Jean Carlos García Bravo. Se funda la presente decisión en los artículos 86 ordinal 4° y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Diarícese. Publíquese. Déjese copia certificada. Bájese la incidencia al órgano de origen en su oportunidad legal.
El Juez Presidente,


Rafael González Arias
El Juez, (Ponente)



Miguel Ángel Cásseres González
La Juez,


Fátima Caridad Dacosta
El Secretario,


Alexis Antonio Ramos


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

El Secretario,



Alexis Antonio Ramos