Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN CEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 5954
MOTIVO: ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA
SOLICITANTE (s): Petra Clavel Barrios de Salcedo
En relación a la solicitud de fecha 10 de abril del año 2006, suscrita por la ciudadana: Petra Clavel Barrios de Salcedo, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N°: V. 2.121.184, asistida de abogado, donde solicita en su condición de hermana, sea declarada, como Única y Universal Heredera del de-cujus José Gregorio Barrios Mendoza, quien falleció ab-intestato el día 03 de septiembre del año 2005, en la Victoria Estado Aragua. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo juzgado en fecha 21 de abril del año 2006, promovida por la mencionada ciudadana, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia declara conforme a los autos a la ciudadana: Petra Clavel Barrios de Salcedo, antes identificada, como Única y Universal Heredera, del difunto José Gregorio Barrios Mendoza, quien falleció ab-intestato, el día 03 de septiembre del año 2005 , según acta N°: 53 ;Tomo: 03. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los once (11) días del mes de mayo del año dos mil seis (2006). Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez Suplente Especial,
La Secretaria Titular,
Abg. Santiago Restrepo Pérez Abg. Marisel Peralta Ceballos.
En la misma fecha siendo las 11: 00 a.m., se público, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaría Titular,
SRP/mcc
Sol. N° : 5954
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