Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN CEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 5949
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (s): DAVID EDUARDO HERNANDEZ TOVAR, MARTIN RAFAEL HERNANDEZ TOVAR, HILDA MAGDALENA HERNANDEZ TOVAR, ADRIANA JOSEFINA HERNANDEZ DE MONTILLA, NELLY JOSEFINA HERNÁNDEZ DE SALVATIERRA, MIRIAM ROSALÍA HERNÁNDEZ TOVAR, PORFIRIO EDUARDO HERNÁNDEZ TOVAR, EDID COROMOTO HERNÁNDEZ TOVAR.
En relación a la solicitud de fecha 09 de febrero del año 2006, suscrita por el ciudadano: David Eduardo Hernández Tovar, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°: V. 14.870.199, asistido de abogado, donde solicita en su condición de hijo, sean declarado conjuntamente con sus hermanos Adriana Josefina Hernández de Montilla, Porfirio Eduardo Hernández Tovar, Nelly Josefina Hernández de Salvatierra, Miriam Rosalía Hernández Tovar, Hilda Magdalena Hernández Tovar, David Eduardo Hernández Tovar, Martín Rafael Hernández Tovar, y Edid Coromoto Hernández Tovar, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas Nros: V. 10.669.231, V. 10.669.230, V. 10.669.232, V. 11.122.896, V.17.062.246, V.14.870.199, V.14.870.198, V.16.076.769, respectivamente, como Únicos y Universales Herederos del de-cujus Martín Evaristo Hernández, quien falleció ab-intestato el día 31 de diciembre del año 2005. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencias y evacuadas por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, promovidas por los mencionados ciudadanos, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia declara conforme a los autos a los ciudadanos: Adriana Josefina Hernández de Montilla, Porfirio Eduardo Hernández Tovar, Nelly Josefina Hernández de Salvatierra, Miriam Rosalía Hernández Tovar, Hilda Magdalena Hernández Tovar, David Eduardo Hernández Tovar, Martín Rafael Hernández Tovar, y Edid Coromoto Hernández Tovar, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, del difunto Martín Evaristo Hernández, quien falleció ab-intestato, el día 31 de diciembre del año 2005, según acta N°: 810. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los cinco (05) días del mes de mayo del año dos mil seis (2006). Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez Suplente Especial,
La Secretaria Titular,
Abg. Santiago Restrepo Pérez Abg. Marisel Peralta Ceballos.
En la misma fecha siendo las 11: 00 a.m., se público, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaría Titular,
SRP/mcc
Sol. N°: 5949
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