REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
Calabozo, 06 de Noviembre de 2006
196º y 147º
ACTA


EXPEDIENTE Nº: CTCS-492-06
PARTE ACTORA: MARIA ANTOLINA SEVILLA, ELADIO HERIBERTO AGUIRRE Y JOSÉ GREGORIO SANTANA SEVILLA
APODERADO DE LA
PARTE ACTORA: LEROY CAMARIPANO RUIZ
PARTE DEMANDADA: ANTONIO SIMÓN VALLAR MECCHIA
APODERADOS DE LA
PARTE DEMANDADA: MARIA ESTERINA FRATTAROLI LEÓN Y ANGELO MODESTINO FEOLA PARENTE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio, previo el anuncio de ley se dio inicio a la misma, compareciendo por ante este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, por una parte los ciudadanos, ELADIO HERIBERTO AGUIRRE, JOSÉ GREGORIO SANTANA SEVILLA Y MARIA ANTOLINA SEVILLA, esta ultima en su nombre y en representación de su menor hijo JOSÉ GREGORIO SANTANA SEVILLA, debidamente asistidos por el abogado LEROY CAMARIPANO RUIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 87.016, debidamente facultado para este acto en lo sucesivo y a los efectos de esta acta, quien en lo adelante se denominará “LOS DEMANDANTES”; y por la parte accionada los abogados MARIA ESTERINA FRATTAROLI LEÓN Y ANGELO MODESTINO FEOLA PARENTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 50.708 y 55.035, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, ciudadano ANTONIO SIMÓN VALLAR MECCHIA, según se evidencia de poder debidamente otorgado, que corre inserto al folio veintiocho (28) de este expediente, quien en lo adelante se denominará “EL DEMANDADO”. Después de aceptada expresamente la representatividad y capacidad para este acto de cada una de las partes firmantes de esta acta, EL DEMANDANTE, expone: “Consigno escrito contentivo de promoción de pruebas constante de tres (03) folios útiles. Así mismo EL DEMANDADO, expone: “Consigno escrito de promoción de pruebas constante de dos (02) folios útiles, acompañado por dos anexos marcados con las letras “A” y “B”, ello a los fines de que sea agregado al expediente. En este estado las partes solicitan, sea remitido el presente expediente al tribunal de juicio, por cuanto la parte actora sostiene y mantiene en cada una de sus partes los argumentos contenidos íntegramente en el libelo de la demanda y la parte demandada a través de su apoderado judicial sostiene que su representado no tiene ni ha tenido relación laboral con el demandante. Este Tribunal en virtud de no ser posible la conciliación ni la mediación en atención al principio de celeridad procesal establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara terminada la audiencia preliminar y acuerda remitir el presente expediente al Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ordena incorporar a las actas procesales el escrito de promoción de pruebas y sus respectivos anexos. Por consiguiente de conformidad con el articulo 135 ejusdem, el demandado deberá dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy consignar por escrito la Contestación de la Demanda, vencido el mismo se remitirá el presente expediente ante el tribunal de Juicio a los fines previstos en el articulo 136 ejusdem. Publíquese y déjese copia autorizada de la presente decisión. Siendo las 09:50 a.m.; Es Todo, terminó, se leyó y conformes firman.


EL JUEZ,


DR. FRANCISCO TAQUIVA
LA SECRETARIA,


ABG. TIBISAY DELGADO




LA PARTE ACTORA,


ABOGADO ASISTENTE
DE LA PARTE ACTORA,

APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE DEMANDADA

Asunto: CTCS-492-06
FT/TD/ntat.


“1.806 -2.006 Bicentenario de la Expedición Revolucionaria del Generalísimo Francisco de Miranda”