REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de Noviembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-002926
PARTE ACTORA: JUAN BAUTISTA PASTRANO PASTRANO, ANTONIO ANGULO, JOSEFINA DEL V. LOAIZA D., MAGALY JOSEFINA REYES MEDINA y FRANKLIN OSMAN CORONA RODRÍGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HERMANN ESCARRÁ, OSWALDO GARCIA BARONI, y
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GERSON JOSÉ RIVAS RIVERO IPSA Nº:90.706
MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy Catorce (14) de Noviembre de dos mil seis (2006), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este Juzgado deja expresa constancia de que la parte actora en la presente causa, ciudadanos JUAN BAUTISTA PASTRANO PASTRANO, ANTONIO ANGULO, JOSEFINA DEL V. LOAIZA D., MAGALY JOSEFINA REYES MEDINA y FRANKLIN OSMAN CORONA RODRÍGUEZ, no comparecieron, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar. Igualmente se deja constancia de la comparecencia a la audiencia del ciudadano GERSON JOSÉ RIVAS RIVERO, abogado inscrito en el IPSA bajo el Nº:90.706, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), tal como consta de poder el cual es presentado a la vista del Juez, en original, así como copia simple la cual previa su confrontación con el referido original, es agregada a los autos en este acto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
El Juez


Abog. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria

Abg. Keyú Abreu

Los Presentes:








En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en la sentencia, publicándose y registrándose la misma.

La Secretaria.


Abog. Keyú Abreu.