REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII.
Caracas, trece de noviembre de dos mil seis.
196º y 147º

ASUNTO : AP51-V-2005-009393

Visto el DESISTIMIENTO presentado por la ciudadana FRONILDE ROMAN LARA, titular de la cédula de identidad N° V- 10.233.519, parte actora en el presente asunto, debidamente asistida en este acto por la abogada PATRICIA PARRA DE LOPEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 55.870; así como la manifestación de conformidad por parte del ciudadano ALEJANDRO JOSE ARZOLA FONSECA, titular de la cédula de identidad N° V- 5.966.850, parte demandada, debidamente asistido por el abogado CARLOS LA MARCA E, inscrito en el IPSA bajo el N° 70.483; esta Sala de Juicio VIII, del Circuito Judicial de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le concede la Ley, y, de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes el Desistimiento suscrito, le imparte su aprobación y lo da por consumado en los mismos términos fines y condiciones en que fue presentado.-Se ordena expedir por Secretaria copias certificada del Desistimiento, con inserción del presente auto y entréguese a la parte interesada, una vez las partes aporten los correspondientes fotostatos.- Devuélvase los documentos originales consignados y Archívese el presente expediente.-CUMPLASE.
LA JUEZ

DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMAN.
LA SECRETARIA.

GREYMA ONTIVEROS M