REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII.
Caracas, nueve de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP51-S-2006-019873
Visto el escrito de Separación de Cuerpos, presentado por los ciudadanos ROLBIN WILMER MAGALLANES MARVEZ y MIREYA JOSEFINA BRITO VIVENES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 9.063.227 y V- 6.175.567, respectivamente, asistidos por la abogada ANA CECILIA ARIAS S, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.441; esta Sala de Juicio VIII lo admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto no es contrario a ninguna disposición de Ley, al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, y por cuanto se exhortó a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse ésta, esta Sala de Juicio VIII decreta dicha SEPARACION DE CUERPOS, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con el artículo 189 del Código Civil; y, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias; una vez sean consignados los correspondientes fotostatos. El Secretario suscribirá las mismas en todas y cada una de sus partes, todo por aplicación analógica del artículo 111 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ
DRA. SAHIT VIDAL DE GUZMAN
LA SECRETARIA
GREYMA ONTIVEROS M.