REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 13 de noviembre de 2006.
196º y 147º

ASUNTO: AP51-V-2006-001356.

Vista el escrito presentado por la Abogado LARA GALVAN JOSE, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 88.740, en fecha 06 de noviembre de 2.006, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante en el presente juicio de divorcio, por la cual desistió de la presente acción de divorcio incoado en contra del ciudadano JONNY FRANCISCO JIMENEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-7.920.757. Este Tribunal Unipersonal No. XII, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte Homologación a dicho desistimiento, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda la devolución previa certificación en autos, de los documentos originales que corren insertos en el presente expediente. Así se decide. Dada, firmada y sellada en el despacho de la Juez No. XII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, a los 13 días del mes de noviembre de 2006.- Años 196 de la Independencia y 147 de la Federación.-
La Juez
Sara Guardia Soto


La Secretaria
Alicia Guzmán Vidal.