REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Trigésimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece de noviembre de dos mil seis
196º y 147º



SENTENCIA



Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-002768

PARTE ACTORA: IVETTE BARCENAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ASISTIERON

PARTE DEMANDADA: ABM VENEZOLANA C. A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CELILIA GONZALEZ MOLEIRO Y DANIEL RENE U MAES APONTE

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy trece de noviembre de dos mil seis, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar del presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de los Drs. CELILIA GONZALEZ MOLEIRO Y DANIEL RENE U MAES APONTE, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos el INPREABOGADO bajo los Nos. 17.058 y 58.899; igualmente se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
EL JUEZ



CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA
ABG. MIGDALIA MONTILLA






“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”