REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Decisión Nº 06
ASUNTO N° JP01-X-2006-000067
IMPUTADO: LUIS ALFREDO PADILLA CARBALLO
MOTIVO: INHIBICIÓN ESMERALDA RAMÍREZ
PONENTE: RAFAEL GONZALEZ ARIAS
La Ciudadana Esmeralda Ramírez, secretaria de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en fecha 08 de Noviembre de dos mil seis, mediante acta se inhibió de seguir conociendo el presente asunto, contentivo del recusación interpuesto por el abogado Lizbeth Rodríguez Peñaranda, en su condición de Fiscal 6° del Ministerio Público, contra del abogado Ángel Rafael Moncado Álvarez, Juez Provisorio del Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, con el relación al asunto N° JP21-P-2006-001151, seguido contra el acusado Luis Alfredo Padilla Carballo.
En el caso que nos ocupa, la inhibición manifestada, se hizo en forma legal y fundada en causal establecida conforme lo dispone el artículo 86 ordinal 5º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 eiusdem, en este sentido, se declara CON LUGAR la inhibición planteada, por ser procedente, todo ello con fundamento en el artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
DISPOSITIVA
En consecuencia, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada Esmeralda Ramírez, en su condición de Secretaria de este Despacho. Diaricese la presente incidencia. Cúmplase.-
EL JUEZ PRESIDENTE DE SALA,
RAFAEL GONZÁLEZ ARIAS
El SECRETARIO,
ALEXIS ANTONIO RAMOS
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado
EL SECRETARIO,