REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 6 de Noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2006-001168
ASUNTO : JP21-P-2006-001168
Por recibido el presente asunto en fecha 03-11-2006, procedente del tribunal Tercero de Control de esta Extensión Judicial Penal, seguido contra el ciudadano YORMAN NICOLAS LOPEZ MACERO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V. 9.884.855, por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 406, ordinal 1°, en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, y 286 ejusdem, donde aparecen como víctimas los ciudadanos ADOLFO SEGUNDO MARTINEZ y MARIA DEL ROSARIO GUERRERO GALLUCCI. Asunto este en el cual fue admitida totalmente la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Publico.
Ahora bien, se evidencia igualmente de la lectura del referido asunto y de la revisión del sistema informático Juris 2000, que en fecha 31 de julio de 2006, el mismo Tribunal Tercero de Control de esta Extensión Judicial Penal, admitió acusación contra el ciudadano JUAN JOSE HERNANDEZ LAYA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 14.926.975, por los mismos hechos que fue ordenado el enjuiciamiento del ciudadano YORMAN NICOLAS LOPEZ MACERO, siendo remitido el asunto JP21X-2006-001, a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, a los fines de que fuera distribuido a un tribunal de juicio, habiéndole correspondido dicha causa al tribunal de juicio N° 02, en la cual se encuentra fijada el juicio oral y publico para el día 14-11-2006.
En consecuencia siendo que fue ordenado el enjuiciamiento del ciudadano YORMAN NICOLAS LOPEZ MACERO, por los mismos hechos por los que se ordenó enjuiciar al ciudadano JUAN JOSE HERNANDEZ LAYA, en fecha 31 de julio de 2006, en el asunto JP21X-2006-001, llevado actualmente por el tribunal de Juicio N° 02, de esta Extensión Judicial Penal, en el cual esta fijado el juicio para el día 14-11-2006, y en base al principio de la Unidad del Proceso, establecido en el articulo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, según el cual no se seguirán al mismo tiempo diferentes procesos cuando se trate de un mismo delito o falta, aunque los imputados sean diferentes, lo procedente es acumular el presente asunto JP21P-2006-001168, al asunto JP21X-2006-001 llevado por el tribunal de juicio N° 02, de esta Extensión Judicial Penal, y así se decide.
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Se ORDENA la ACUMULACIÓN del Asunto N° JP21P-2006-001168, seguido contra el acusado YORMAN NICOLAS LOPEZ MACERO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V. 9.884.855, por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 406, ordinal 1°, en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, y 286 ejusdem, al asunto JP21X-2006-001, llevado por el Tribunal de juicio N° 02, de esta Extensión Judicial Penal. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 70 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y victimas. Remítase el presente asunto al tribunal de Juicio N° 02 de esta Extensión Judicial penal. Cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE JUICIO
ABG. ANGEL RAFAEL MONCADO
LA SECRETARIA
ABOG. LEONOR HERRERA