REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 23 de Noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2003-000115
ASUNTO : JP21-P-2006-003041

DECISIÓN: AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA ABSOLUTORIA

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Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en esta ciudad, mediante la cual se absuelve a los ciudadanos: DIOGENES ALBERTO LEON ESPINOZA y YENNY JOSEFINA DEL VALLE SALAZAR, identificadas con la cédulas N° 8.559.757 y 8.550.737, respectivamente, de la comisión del delito de PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, este Tribunal procede a su Ejecución, correspondiéndoles las costas al estado venezolano, de conformidad con lo establecido en el articulo 268 Ejusdem, y no existiendo otro particular objeto de pronunciamiento y ejecución, se ORDENA notificar a las partes del presente auto. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN NRO. 01

ABG. GISEL MILAGROS VADERNA MARTINEZ

LA SECRETARIA


Abg. HIYAN MARIA ABOU
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
LA SECRETARIA

Abg. HIYAN MARIA ABOU