REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION


Caracas, 10 de Octubre del 2006
196º y 147º



Con merito al computo inserto al folio 98 de la única pieza del expediente signado bajo el Nro 371-06, relativo al Adolescente (Identidad Omitida), y por cuanto de la revisión exhaustiva efectuada a las actas que conforman la presente causa, se observó que no rielan las Constancias de Estudios correspondiente a los Meses de Julio y Agosto del año en curso., es razón por la cual este Tribunal, actuando conforme a los atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, Acuerda ÚNICO: Fijar para el día Martes 17-10-2006, a las 10:00 horas de la mañana, la Celebración de una Audiencia Oral y Reservada, para debatir la viabilidad o no de la Cesación de la Medida impuesta al supra-mencionado joven, atinente al cumplimiento de Determinadas Reglas de Conducta, por el lapso de Seis (6) meses. A tal efecto convóquese a todas las partes. PROVÉASE LO CONDUCENTE. CÚMPLASE.
LA JUEZ


DRA. MARIA ESPERANZA MORENO ZAPATA



EL SECRETARIO

ABG. ALFREDO RANGEL

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

EL SECRETARIO




EXP. NRO. 371-06.-
MEMZ/JAR/Reyes