Exp. N°: AH24-X-2006-000029
Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones, en virtud de la inhibición formulada por el Dr. Gleen David Morales, en su carácter de Juez Octavo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en acta inserta al folio 252 del presente expediente, en la cual señaló lo siguiente:
“…Por cuanto se evidencia al folio 67 del Tribunal Décimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en el cual Yo era el juez, a los fines de que celebrará la Audiencia Preeliminar, en el presente asunto signado con el número 17634, y en virtud de que no fue posible la mediación en esta fase del Proceso, se procedió a la distribución de la causa a los Juzgados de Juicio, posteriormente fui designado como Juez octavo de primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Área Metropolitana de Caracas y una vez distribuido a los Tribunales de Juicio nuevamente me corresponde el conocimiento de la misma causa en el Tribunal que hoy presido, es por que de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ordinal quinto, procedo en este acto a INHIBIRME de seguir conociendo de la presente causa …
Esta Superioridad observa que no consta de autos nada que contraríe lo expuesto por el Dr. Glenn Morales, siendo forzoso para este Juzgador declarar la procedencia de la presente inhibición, en cuyo caso opera el contenido del numeral 5º del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición del Dr. GLENN DAVID MORALES, en su carácter de Juez Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguidor por Jaime Signori contra la Shell Venezuela Productos C.A.,-
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los treinta y uno (31) días del mes de octubre de 2006. Años 196º y 147º.
EL JUEZ
WILLIAM GIMÉNEZ
LA SECRETARIA
Abg. YRMA ROMERO MARQUEZ
NOTA: En la misma fecha siendo las 8:40 a.m., y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA
WG/YR/mecs.
Exp. Nº AH24-X-2006-000029
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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