REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once (11) de octubre de 2006
196º y 147°

ASUNTO: AP21-L-2006-000134

ACTA DE AUDIENCIA

En el día de hoy, miércoles once (11) de octubre de 2006, siendo las 10:00 p.m., hora y oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PARA EL CONTROL DE LA PRUEBAS en el presente procedimiento, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Abierta la Audiencia por la ciudadana Juez solicitó a la ciudadana Secretaria informará sobre el motivo de la presente Audiencia y que se sirviera constatar la presencia de las partes, quien informa a viva voz que el motivo de la presente Audiencia se encuentra circunscrito a demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos incoada por la ciudadana YUMAIRETH JOSEFINA ANDARA GONZALEZ contra TRAJES DE BAÑO MANIA DE TI C.A (COMERCIAL TODA PLAYA). Asimismo, la ciudadana Secretaria informa que una vez anunciado el acto por el ciudadano Alguacil, no se hizo presente la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, igualmente se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este Estado la ciudadana Juez constatada como ha sido la no comparecencia de las partes tanto demandante como demandado en el presente acto, no obstante habiéndose fijado por auto de fecha 29-09-2006, tanto en el expediente como en el sistema Juris 2000, este Juzgado cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara a tenor de lo establecido en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la EXTINCION DEL PRESENTE PROCESO. Téngase la presente acta como Resolución en el presente asunto, por lo que a partir del día siguiente al de hoy, comenzará a correr el lapso para ejercer el recurso de apelación. PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA EN LOS COPIADORES DE SENTENCIA. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 162 ejusdem, se deja expresa constancia que la presente audiencia fue reproducida en forma audiovisual por una Cámara de video. Asimismo, por razones de seguridad, la cinta que contiene la reproducción del presente acto, se deja en custodia del archivo, el cual deberá colocarla en un sobre precintado e identificando el cassette con el número del expediente y el nombre de las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas a los once (11) día del mes de octubre del año Dos Mil Seis (2006). Años: 196° y 147°.-
EL JUEZA DE JUICIO

Lisbett Bolívar Hernández de Querales.
La secretaria

Karla González

En la misma fecha se publicó y registró a anterior sentencia.
La Secretaria

Karla González

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”