REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio N° 2
Caracas, 9 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO: AP51-S-2006-016594

Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por la ciudadana (...), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° (...) en representación legal de sus hijos, los niños (...) (morocho con (...)) (...) (morocha con (...)) y (...), de once (11), siete (07) y cinco (05) años de edad, respectivamente; quien se encuentra asistida por la abogada en ejercicio Morella Garcia, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 29236, adscrita a la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio del Interior y Justicia, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a los mencionados niños; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y, vista asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por la ciudadana (...), venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° (...), acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC de los niños (...). Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ


FANNY PLAZA MARTÍNEZ

LA SECRETARIA

JESÚS BELÉN ÁLVAREZ ROJAS



ASUNTO: AP51-S-2006-016594
FPM/JAR/