REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII
Caracas, 02 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-010343
Solicitante: LILIA ROSA SILVA PEÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 8.417.656
Abogado Asistente: JESUS CASTILLO MACHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.684.
Adolescente------
Motivo: Convenimiento sobre Guarda

Visto el Convenimiento suscrito por los ciudadanos LILIA ROSA SILVA PEÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 8.417.656 y ALVARO BARBOSA PINTO, portugués, mayor de edad domiciliado en Luxemburgo-Bélgica, titular de la cédula de identidad N° 81.490.825, sobre la GUARDA de su hija, la adolescente -----------------, venezolana, domiciliada en Luxemburgo-Bélgica y titular de la cédula de identidad Nº V-18.814.152, así como la manifestación expresa de aceptación por parte del padre, ciudadano antes identificado, acuerdo que redunda en beneficio e interés de la adolescente de marras, este Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 358, 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, admite y en consecuencia HOMOLOGA, el mencionado convenimiento y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de su hija.
Publíquese y Regístrese, dada firmada y sellada en el Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII, en fecha dos (02), de Octubre de 2006.

LA JUEZ

AIMAR VALENCIA RIZO.


EL SECRETARIO ACC.

MARTIN JIMENEZ MUJICA





















EJNG/AAGV.
EXP. V-2006-010343